6. El seguro
Todas las operaciones de crédito que no se cancelan a su fecha de vencimiento, dependiendo de la periodicidad de pago, se declaran vencidas.
Los seguros son instrumentos financieros que nos ayudan a reducir la incertidumbre económica sobre el futuro, ya que firmando un contrato de póliza con una compañía de seguros ( ya sea de vida o generales) en la cual yo me comprometo a pagar una determinada cantidad de dinero (PRIMA) estoy garantizando cierto pago futuro en la eventualidad que ocurra alguna circunstancia por la cual yo no estoy asegurando.
Las compañías de seguros de crédito pagan una indemnización al asegurado (generalmente empresas) por el riesgo de no pago de sus deudores, por ventas nacionales o internacionales que efectuaron a crédito (riesgos de crédito). Además, pueden garantizar el pago al asegurado de una indemnización por los daños patrimoniales que le cause un tercero, por incumplimiento de una obligación contraída por él (riesgos de garantía) o por los actos incorrectos o dolosos cometidos por sus empleados en el desempeño de sus cargos (riesgos de fidelidad).
El Seguro de Depósitos es un mecanismo que garantiza a los ahorristas, disponer de su dinero en caso de que la entidad financiera no pueda cumplir con su obligación de pago, de acuerdo a la normativa vigente.
Características:
- Ser limitado y oneroso
- Contar con recursos suficientes de acuerdo con sus obligaciones
- Ofrecer una cobertura de amplio alcance
- Tener acceso a financiamiento extraordinario
La corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros privados es la persona jurídica de derecho público, encargada de la administración de:
- Fondo de seguro de depósitos
- Fondo de liquidez
- Fondo de seguros privados
El seguro de depósitos cubre a las cuentas corrientes, ahorros y depósitos a plazo, hasta por un monto de:
- $32000,00 en bancos privados y entidades financieras popular y solidario segmento 1
- $1000,00 en cooperativas que no son segmentos 1
No cubre depósitos que cuentan con garantías específicas; tampoco cubre los certificados de aportación de capital, ni ningún otro pasivo de la institución financiera declarada en liquidación.